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Sobre la Generalitat y Spanair

La Asociación de Afectados por el Cese de Operaciones de Spanair (Acos) estudia reclamar la responsabilidad civil subsidiaria de la Generalitat de Cataluña ante los clientes, proveedores y trabajadores de la aerolínea.

En declaraciones a Servimedia, el portavoz de ACOS, el abogado Cándido Conde-Pumpido Varela, defendió que el Ejecutivo catalán no puede inhibirse cuando era, a través de diversas sociedades, el mayor accionista de la compañía.

“No se puede entender que una empresa con participación pública deje tirados a miles de pasajeros de la noche a la mañana”, añadió Conde-Pumpido, quien considera que la demanda contra el Gobierno catalán es la mejor manera de que los afectados consigan no solo la devolución del importe del billete, sino también ser compensados por los gastos de alojamiento y manutención derivados del cese de operaciones y ser indemnizados.

Además, indicó que más allá de su responsabilidad como accionista, la Generalitat puede haber sido negligente en su función de control sobre Spanair.

A este respecto, apuntó que no se ha podido comprobar si la aerolínea cuenta con un seguro para hacer frente a la devolución del dinero adelantado por los usuarios en el momento en que adquieren un billete.

Según el artículo 211.7 del Código de Consumo de Catalunya, las empresas que reciban pagos anticipados de 100 euros o más están obligadas a contratar un seguro que garantice la devolución del importe si no se presta finalmente el servicio. Según Conde-Pumpido, si Spanair no tuviera seguro, la Generalitat debería tener que devolver el importe de los billetes.

La denuncia contra el Gobierno catalán será la base de la futura demanda colectiva que estudia presentar esta asociación. Por ello, Conde-Pumpido pide que “nadie se quede sin reclamar por el coste de hacerlo”.

Reclamos
El primer paso debe ser presentar reclamaciones ante Spanair, Aena y la Generalitat. En la web de ACOS (“www.perjudicadosspanair.com”) están disponibles formularios para llevar a cabo estas reclamaciones.

Además, ACOS recomienda a los afectados que comuniquen sus deudas en el concurso de acreedores de Spanair, abierto en el Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona, aunque advierte de que será difícil que consigan de esa vía mucho más que la devolución del importe del billete.

Considera que además de la devolución del importe o el pago de los gastos derivados de haber volado con otra aerolínea (alojamiento y manutención), los afectados tienen derecho a compensaciones en función de la distancia de su vuelo.

En concreto, en los trayectos de hasta 1.500 kilómetros la indemnización es de 250 euros (125 si la alternativa al destino permitió la llegada con una demora inferior a dos horas), de 400 euros si la ruta es de entre 1.500 y 3.500 kilómetros (200 si la demora fue inferior a tres horas) y de 600 en trayectos de más de 3.500 kilómetros (300 con demora inferior a cuatro horas).

La asociación ha suscrito un acuerdo con diferentes despachos de abogados para coordinar las reclamaciones colectivas que se han de realizar frente a la compañía Spanair, agencias de viajes, entidades financieras, compañías aseguradoras y las diferentes administraciones.

Concretamente, el despacho de abogados madrileño “Conde-Pumpido & de Porres” coordinará la labor de los despachos “LC Advocats” en Cataluña, “Alvarez Ossorio & Castro” en Andalucía y Ceuta y “Castro Pérez Abogados” en Galicia, así como la de otros despachos que se vayan sumando a esta iniciativa con el fin de obtener soluciones para todos los perjudicados.

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