Seguros Allianz decenal Para Construccion
25 marzo, 2012
Seguros Para Caza-Pesca Zurich
25 marzo, 2012
Mostrar todo

Seguros Mapfre de Motos y Ciclomotores Para Moto Líder

Las coberturas con las que cuenta esta compañia de seguros para brindar estos servicios a diferencia de otras compañias de seguros y por lo tanto destacarse en dar el mejor servicio para que cuente con uno de los mejores seguros del mundo, ya que Mapfre seguros es reconocido mundialmente por su gran capacidad y por su gran potencial a la hora de responder por un seguro estable, confiable y de suma importancia, por lo tanto estas coberturas son las siguientes detalladas a continuacion de la misma:

  • 01
    Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria

    Cubre lo establecido por la Ley en cuanto a lesiones y daños producidos a terceros por la motocicleta asegurada.

  • 02
    Responsabilidad Civil Suplementaria

    Cobertura complementaria a la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de 50.000.000 de euros.

  • 03
    Defensa Jurídica y Reclamación de Daños

    Cubre (con las limitaciones establecidas en el Condicionado General) la asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, judiciales y arbitrales derivados de accidente de circulación con la motocicleta asegurada:

    • Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas.
    • Reclamación de los daños sufridos por el tomador en calidad de peatón, en accidente de circulación.
  • 04
    Seguro del conductor

    Pago de las indemnizaciones por muerte, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación de la motocicleta asegurada.
    – Sumas aseguradas por muerte (8.000 €), invalidez permanente (6.500 €) y asistencia sanitaria (6.500 €).
    – La indemnización se incrementa el 100% en los supuestos de fallecimiento del conductor/tomador y su cónyuge, en accidente de circulación conduciendo uno de ellos, con hijos comunes menores de edad.
    – Garantiza el asesoramiento en trámites administrativos por fallecimiento del conductor.
    – Contempla ayuda psico-emocional en caso de grave accidente de tráfico y/o robo con intimidación.

  • 05
    Asistencia en viaje

    Desde el km. 0 prestaciones por contingencias a la motocicleta.

  • 06
    Asistencia al motorista

    Cubre la resolución de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con la motocicleta y el asesoramiento sobre infracciones de tráfico.

  • 07
    Compensación por casco y vestimenta

    Indemnización económica de 400 € para compensar los daños que puedan sufrir el casco de protección y la vestimenta del conductor declarado en Condiciones Particulares, como consecuencia de un accidente de circulación conduciendo la moto asegurada y que produzcan la pérdida total de la misma o cuando los daños sufridos por ésta asciendan a un importe superior al 150 % de la franquicia fija contratada.

  • 08
    Defensa en multas de tráfico

    Tramitación de recursos en vía administrativa y ejecutiva al Conductor habitual declarado, Tomador (Persona física) y Propietario (en los casos establecidos en el Condicionado General) por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u organismos de tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.

  • 09
    Acontecimientos extraordinarios (daños personales)

    Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.

Para Su Moto

  • 01
    Préstamo de reparación de la motocicleta asegurada

    Concesión de un préstamo al propietario, con aval del tomador del seguro, en caso de ser persona distinta, sin intereses ni gastos para la reparación de daños de la motocicleta como consecuencia de un accidente de circulación en el que no haya un tercero responsable.

  • 02
    Robo con franquicia de la motocicleta asegurada

    Indemnización por los daños derivados de la sustracción ilegítima de la motocicleta por parte de terceros (sustracción de la motocicleta y daños producidos en y durante el robo).
    En caso de pérdida total la indemnización a satisfacer será del 100% del valor de nuevo el primer año y del valor de mercado los siguientes.
    La franquicia se descontará de la indemnización, en todos los siniestros. También en las indemnizaciones derivadas de siniestro total.

  • 03
    Incendio con franquicia de la motocicleta asegurada

    Cubre los daños que pueda sufrir la motocicleta asegurada a consecuencia de un incendio, cortocircuito o combustión (si se producen por efecto de la electricidad). Incluye los gastos de traslado del remolque, gastos de extracción del vehículo y gastos de extinción del incendio con las limitaciones establecidas en el Condicionado General.

    En caso de pérdida total, la indemnización será del 100% sobre el valor de nuevo de la motocicleta durante el primer año y del valor de mercado los siguientes.

    La franquicia se descontará de la indemnización, en todos los siniestros. También en las indemnizaciones derivadas de siniestro total.

  • 04
    Daños con franquicia de la motocicleta asegurada

    Cubre los daños que pueda sufrir la motocicleta asegurada a consecuencia de un accidente producido por una causa exterior, violenta e instantánea y ajena a la voluntad de asegurado o del conductor; hallándose la moto en circulación, en reposo o durante su transporte.
    En caso de pérdida total, la indemnización será del 100% sobre el valor de nuevo de la motocicleta durante el primer año y del valor de mercado los siguientes.
    La franquicia se descontará de la indemnización, en todos los siniestros. También en las indemnizaciones derivadas de siniestro total.

  • 05
    Acontecimientos extraordinarios (daños materiales)

    Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado.

 

 

Deja una respuesta