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¿Qué cubre el seguro de comunidades

Las comunidades de vecinos de los edificios que tengan propiedades horizontales, o que dispongan de zona común, tienen que tener un seguro  de comunidades de vecinos que cubra todas las zonas comunes, ante cualquier circunstancia adversa que pueda producir daños en las propias zonas comunes, o que causen daños en las viviendas particulares siendo culpable la comunidad.

Existen muchos tipos de coberturas y prestaciones que cada comunidad elegirá según sus conveniencias y necesidades, a continuación, mostraremos las coberturas más habituales:

Responsabilidad civil.

Los seguros de comunidades de vecinos aseguran los daños materiales que pueda tener el edificio, los cuales pueden ser:

Incendios, explosiones, implosiones, humo de origen accidental, caída de rayos, fenómenos atmosféricos (lluvia, viento, pedrisco o granizo y nieve), hundimiento accidental del terreno por obras ajenas al inmueble, choque, impacto de cualquier tipo. Actos vandálicos. Daños de origen eléctricos o de fontanería. Inundaciones, localización y reparación de averías.

Roturas de cristales, lunas, espejos y vidrieras. Fregaderos y aparatos sanitarios fijos. Muebles de metraquilato, mesas de mármol, piedra o minerales. Placas de cocina en materiales cerámicos.

Además, los seguros de comunidades protegen también los robos que se sufran en las zonas comunes y sus coberturas son:

Robo y daños, hurto, sustitución de llaves y cerraduras en caso de robo o extravío (incluso viviendas particulares). Robo de dinero en efectivo y cheques durante su transporte a una entidad Bancaria. Robo dentro del recinto, ropa y efectos personales, re obtención de documentos, joyas y alhajas, dinero en efectivo, cheques (cobro indebido) Tarjetas de crédito y atención médica.

También el seguro se encargará de los daños estéticos que haya sufrido el edificio, por algún accidente, el robo, o cualquier tipo de situación no imprevista. En caso de que el edificio se vea envuelto en una causa, que obligue a su desalojamiento, se encargarán de buscar alojamiento para los propietarios, temporalmente en un hotel, o en una vivienda.

Según las compañías en las que se decidan contratar el seguro de comunidades de vecinos, podrán variar las coberturas incluyendo algunas no aparecidas, o ofreciendo algunas de las que aparecen como especiales o complementarias.

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