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Normas que regulan los Seguros Agrarios

En España, en 1978, surgió un sistema mixto que da cabida al interés privado, de asegurados y
aseguradores, y al interés público, del conjunto de la sociedad, que pone de su parte recursos técnicos y económicos, por preservar un sector agrario que ejerce su actividad en condiciones difíciles.

Este sistema tiene vocación de universalización del Seguro abarcando todos los cultivos y todos los riesgos derivados de adversidades no controlables por los agricultores y ganaderos.

A continuaciòn mencionaremos las normas legales que regulan el Sistema de Seguros Agrarios

1- La Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados.

2- El Real Decreto 2329/1979, que aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley.

3– Los Planes anuales de Seguros Agrarios Combinados, aprobados por el Gobierno a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El marco legal que respalda al sistema y la participación en su desarrollo de manera muy activa y bien articulada, de Asegurados y Aseguradores, ha permitido que, actualmente, el Sistema español de Seguros Agrarios Combinados, se caracterice por su complejidad y amplitud.

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