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Características de la Cobertura Defensa Jurídica

Cuando se produce un siniestro, este puede ser desde un simple golpe pequeño, a algo mucho más serio, donde se vea afectada la vida de las personas, algo que por desgracia, ocurre cada día con más frecuencia, por lo que es necesario pedir, a veces, responsabilidades penales al conductor culpable, por diversas causas. Para ese tipo de situaciones se recurre al Seguro de Moto, la cobertura de Defensa Jurídica.

En algunos casos puede ocurrir que se tenga que acudir a un juzgado, ya sea para defenderse de las acusaciones que interpuestas por el contrario, o bien a la inversa, es decir, para reclamar al contrario. Por ello, y siempre que hay que ir a un Juicio, es preciso contratar a un abogado, y además un procurador, pagar costas del juicio, y puede que incluso, sea preciso pagar fianzas para quedar en libertad.

Las compañías son conscientes de todo esto, y por tanto, con el objetivo de cubrir la contingencia de tener “que ir” o “que nos lleven” a juicio, ponen a disposición del usuario esta cobertura, denominada comúnmente como “defensa jurídica”.

Al contratar esta cobertura el usuario se asegura que su compañía pagará todos los gastos que se puedan originar en un juicio (abogado, procurador, costas, fianzas, peritaciones, etc) como consecuencia de un accidente de circulación en el que se vea involucrada su motocicleta.

Para que esta cobertura surta efecto, además de tenerla contratada se debe cumplir, necesariamente:

  • Que el contrario efectúe una reclamación.
  • Que sea el asegurado quien reclame algo a un tercero.
  • Que dicha reclamación sea ante un Juzgado. Aunque también se cubren acciones extrajudiciales.

El objeto de la reclamación puede variar desde una cantidad económica, hasta incluso penas de cárcel, es decir, que da igual lo que se reclame, el hecho cierto es que al final haya que utilizar abogados, procuradores, etc, y todo ello por una actuación derivada del uso de la motocicleta, y eso es lo que cubren las compañías, es decir, esos gastos.

Cuando se trata de un proceso en el cual reclamen al asegurado, esto implicará estar respondiendo de la Responsabilidad Civil del siniestro ocurrido, es decir, que ha sido culpa del asegurado y tiene que indemnizar a la parte contraria. En este caso, como quien va a pagar es la propia compañía, es lógico que ella sea quien asuma la dirección de la defensa jurídica, y el usuario no pueda elegir abogado por su cuenta. De cara al usuario, poco importa el abogado de la compañía haga bien o mal su trabajo, porque quien va a pagar al final es la compañía.

Ahora bien, en el caso contrario, es decir, que el asegurado sea quien lleve al contrario a juicio, si es muy importante poder designar libremente al abogado, ya que en función la calidad de esa defensa, se conseguirá una mayor o menor indemnización. En este caso, a la compañía del usuario le da igual el abogado designado, y le dan igual las cantidades que se fijen como indemnización, ya que quien va a pagar es el contrario culpable.

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