La Ley establece para el promotor de viviendas la obligatoriedad de suscribir “un seguro de daños materiales o seguro de caución, para garantizar, durante diez años, el resarcimiento de daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga y otros elementos estructurales, y que comprometan directamente a la resistencia mecánica y estabilidad del edificio” (art.19c LOE).
Como sabemos es muy difícil que una compañía de seguros de cobertura de seguro decenal a una obra ya terminada, en consecuencia, para poder transmitir la vivienda, el comprador deberá renunciar expresamente a la existencia de dicha garantía, aunque la realidad es que los bancos que financian al comprador prácticamente siempre establecen la obligatoriedad del seguro decenal par conceder el préstamo.
Alfarisk seguros nos ofrece un seguro para cubrir todos estos riesgos:
Objeto de la póliza del seguro decenal
.: Los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la Obra Fundamental y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
.:Los costes de reparación y refuerzo en que se incurra para eliminar la Amenaza de hundimiento de la Obra Fundamental, y que sean necesarios para salvaguardar la edificación.
.: Los gastos de demolición y desescombro.
Garantías contratables del seguro decenal
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Garantía Básica: Recoge las garantías mínimas exigidas por la ley.
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Garantía de impermeabilización de fachadas: El Control y la cobertura de la póliza se extenderán a los posibles daños en las mismas.
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Garantía de impermeabilización de cubiertas: El Control y la cobertura de la póliza se extenderán a los posibles daños en las mismas.
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Garantía de revalorización: Se revalorizarán los capitales asegurados y las franquicias al 5% anual.
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Abandono de recurso contra el constructor: Si el Promotor y el Constructor son la misma empresa o forman parte del mismo grupo conviene contratar está garantía.
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Abandono de recurso contra arquitectos y/o aparejadores