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Cazar en Madrid

Para cazar en la comunidad de Madrid, se debe obtener una licencia que expide la propia Comunidad para realizar la caza en todo el ámbito territorial. Una vez adquirida, el poseedor puede emplearla por cualquier procedimiento legal autorizado de captura de cualquier especie de las definidas como piezas de caza para las diferentes temporadas que tengan lugar, y realizar la actividad de la caza en cualquiera de los terrenos habilitados para tal efecto.

Existe solamente una licencia para la caza en Madrid, en ella se especifica la finalidad y especialidad de la actividad en cuestión (con o sin armas).La edad mínima para obtener la licencia son 14 años y tiene una vigencia de 2 años, y para los mayores de 65 años, esta será indefinida. En el resto de los casos, se puede solicitar o renovar de uno a cinco años.

Los precios que actualmente tienen las tasas son:

Por un día, 3,03 €
Por un año, 22,22 €
Por 2 años, 37,37 €
Por 3 años, 51,51 €
Por 4 años, 66,66 €
Por 5 años, 80,80 €
Están exentos de tasa:
Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%
Los mayores de 65 años
Los mayores de 60 años beneficiarios del sistema público de pensiones

Se puede adquirir la licencia de dos formas: rellenar el impreso y entregándolos en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio o en cualquier de las administraciones públicas que también lo recojan; o también se puede realizar de forma telemática a través del portal de la Comunidad de Madrid.

Una vez se ha tenido la licencia, al aficionado a la caza ya solo le queda un paso para poder realizar su afición favorita y es, contratar un seguro de caza, para que le cubra la responsabilidad civil que tiene al portar armas y realizar actividades peligrosas y su propia integridad, porque nunca se sabe lo que puede ocurrir.

 

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