Ley Seguridad Vial

Las principales características de la nueva Ley de Seguridad Vial del año 2010 son:
• El permiso se perderá por tres infracciones “muy graves” en los dos últimos años
• Móviles, antiradares y hacer señales de aviso a otros conductores, prohibido
• Se recogen medidas reeducadoras, descuentos en las multas y mayor rigor en algunas normas
• Un exceso del 50% en la velocidad o en la ocupación del vehículo será considerado “muy grave”
Así se pierde y se recupera el permiso: A un conductor que en los dos últimos años cometa tres infracciones muy graves, además de la sanción económica correspondiente, se le impondrá la revocación (pérdida definitiva) del permiso o licencia de conducir.
Para graduar la sanción pecuniaria se tendrá en cuenta la gravedad y trascendencia del hecho y el peligro potencial creado. Desde luego, la revocación de la autorización para conducir es una medida extrema que se aplica cuando se produce una agresión notable a la seguridad vial. No obstante, a aquellos conductores a los que se les ha retirado definitivamente la autorización para conducir se les ofrece la posibilidad de solicitar que se deje sin efecto la revocación, realizando y superando un curso de reciclaje y sensibilización en un centro autorizado, con lo que se deja sin efecto la revocación y se sustituye por la sanción de suspensión por un período de hasta tres meses. El quebrantamiento de la suspensión llevaría aparejada una nueva suspensión por un año; y a la segunda, daría lugar a la revocación.
La Ley, además del curso de reciclaje, permite otra opción: volver a examinarse de nuevo, aunque no será posible obtener una nueva autorización mientras no se haya cancelado la sanción que dio origen a la revocación.






0