Control de alcoholemia
¿Infracción o delito?
Para valorar que un conductor que ha bebido está cometiendo una infracción administrativa o un delito, existen dos criterios. El primero de ellos responde a la medición objetiva de la tasa de alcoholemia; y el segundo, a los síntomas que presenta el conductor de encontrarse bajo la influencia del alcohol, aunque la medición no supere la tasa objetiva para considerarse delito.
✔ DELITO. Se considera delito siempre que la tasa supere 0,60 mg/l, pero también si es menor pero presenta signos evidentes de influencia alcohólica (caminar vacilante, ojos enrojecidos, dificultades en el habla…). Se inmoviliza el coche y se le cita para un juicio
rápido.
✔ INFRACCIÓN GRAVE. Si la tasa oscila entre 0,25 y 0,50 mg/l (profesionales y noveles, 0,15/0,30), multa de 500 euros, y descuento de 4 puntos; entre 0,51 y 0,60 (más de 0,30 profesionales y noveles), multa de 500 euros y resta de 6 puntos. El agente fotografía una rueda desgastada durante el control de alcoholemia. En los controles, lo primero es la seguridad de los usuarios y de los propios agentes.
Así se realiza un control de alcoholemia
Selección aleatoria: En los controles preventivos que se hacen diariamente, se detienen vehículos al azar y se explica al conductor que se le va a someter a una prueba de alcoholemia.
Negativa a soplar: Negarse a la prueba es delito; podría haber un segundo delito si muestra síntomas de alcoholemia. Se le inmoviliza el coche y se le cita a un juicio rápido.
Si acepta la prueba: Si da positivo en el etilómetro de mano, se le hacen dos pruebas más con uno de precisión, dejando un intervalo de 10 minutos. Se toma la medida más baja.
Análisis de sangre: Si da positivo, el conductor puede pedir que se contraste la prueba con un análisis de sangre en un hospital (correrá con los gastos si se confirma el positivo).
Coche inmovilizado: El conductor no podrá continuar conduciendo si ha dado positivo: si algún pariente o amigo no puede hacerse cargo del coche, se inmoviliza con un cepo o se llama a la grúa.
Infracción o delito: Con una tasa de hasta 0,60 mg/l, multa de 500 euros y descuento de 4 ó 6 puntos. Si la supera o muestra síntomas de embriaguez, se instruye un atestado y se le cita a un juicio rápido.






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