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	<title>Blog de Seguros &#187; Curso de recuperación de puntos</title>
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	<description>Blog de Seguros</description>
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		<title>Coberturas de seguros de retirada</title>
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		<pubDate>Tue, 17 Apr 2012 16:55:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sandra</dc:creator>
				<category><![CDATA[Carnet por puntos]]></category>
		<category><![CDATA[Curso de recuperación de puntos]]></category>
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		<description><![CDATA[El Seguro de Retirada del Carnet de Conducir cubre la eventual retirada del carnet y aseguran al conductor el cobro de una indemnización mensual durante un plazo máximo de 24 meses (según la aseguradora). Para muchas personas el carnet de conducir es la principal herramienta para desarrollar su trabajo y en caso de suspensión temporal [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="alignnone" src="http://buscador.comprarentuciudad.com/filesupload/42/productos/26228_retirada_del_carnet_producto_1_normal.jpg" alt="" width="550" height="550" /></p>
<p>El <strong><a href="http://expertoseguros.com/">Seguro</a> de Retirada del Carnet de Conduci</strong>r cubre la eventual retirada del carnet y <strong>aseguran al conductor el cobro de una indemnización mensual</strong> durante un plazo máximo de 24 meses (según la aseguradora).</p>
<p>Para muchas personas el carnet de conducir es la<strong> principal herramienta para desarrollar su trabajo</strong> y en caso de suspensión temporal del permiso, los conductores profesionales se ven obligados a no conducir, lo que equivale en su caso a no trabajar.</p>
<p>Nadie se encuentra exento de cometer una infracción y ser posteriormente sancionado, lo cual se puede convertir en un grave problema si el conductor utiliza su licencia de conducir como un instrumento de trabajo.</p>
<p>Así, la <strong>suspensión temporal de su carnet de conduci</strong>r puede generarle un perjuicio económico, y este <a href="http://expertoseguros.com/blog">seguro</a> es una buena alternativa para no alterar la situación del conductor.</p>
<p>El objetivo de este tipo de seguros es que una eventual retirada del carnet de conducir no suponga para el afectado una alteración del ritmo de su vida diaria, así como una pérdida de ingresos económicos.</p>
<p>La contratación del <strong><a href="http://www.segurosretirada.com">Seguro de Retirada</a> del Carnet de Conducir</strong> es recomendable para personas a las que resulte imprescindible conducir, así como quienes la utilicen como herramienta de trabajo, o que simplemente utilicen su vehículo a diario para ir a su trabajo, entre otras cosas.</p>
<p>De esta forma, la indemnización mensual que cobre servirá para hacer frente a los gastos de transporte público o privado que deberá contratar durante el periodo de suspensión de la licencia, o para reemplazar los ingresos económicos que no percibirá si no puede realizar su trabajo.</p>
<p>Por lo general, con variaciones según cada aseguradora,  <strong>las coberturas y garantías ofrecidas por el Seguro de retirada del carnet de conducir son</strong>:</p>
<p>• <strong>Subsidio</strong> por privación temporal del permiso o licencia de conducir durante un plazo máximo de 24 meses.<br />
• Subsidio de espera para la obtención del nuevo permiso de conducir durante el plazo de tres meses.<br />
• <strong>Pago del coste del <a href="http://expertoseguros.com/blog/category/curso-de-recuperacion-de-puntos">curso</a></strong><a href="http://expertoseguros.com/blog/category/curso-de-recuperacion-de-puntos"> de sensibilización y reeducación vial</a> necesario para la obtención del nuevo permiso o licencia de conducir.<br />
• Pago de las tasas y costes de la prueba para la obtención del nuevo permiso o licencia de conducir.<br />
• Asistencia jurídica a titulares del permiso o licencia de conducir para alegaciones y recursos en procedimientos administrativos por infracciones de tráfico.<br />
• <strong>Asistencia jurídica</strong> en procedimiento administrativo de declaración de pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducir.<br />
• <strong>Defensa penal</strong> en hechos de tráfico con perdida de vigencia.<br />
• Fianzas penales y asistencia al detenido<br />
• Defensa vía contencioso-administrativo con perdida de puntos<br />
• Defensa vía contencioso administrativo con perdida de vigencia<br />
• Pago coste curso op.sensib.reed.vial. recuperación de puntos.<br />
• Asistencia jurídica telefónica en hechos de tráfico.</p>
<p><strong>Hay que tener en cuenta que cuando la retirada se debe a la conducción bajo los efectos del alcohol y otros estupefacientes o al impago de multas, este seguro no paga indemnización alguna.</strong></p>
<p><object width="420" height="345" classid="clsid:d27cdb6e-ae6d-11cf-96b8-444553540000" codebase="http://download.macromedia.com/pub/shockwave/cabs/flash/swflash.cab#version=6,0,40,0"><param name="allowFullScreen" value="true" /><param name="allowscriptaccess" value="always" /><param name="src" value="http://www.youtube.com/v/OKQcy3Q9lS0?version=3&amp;hl=es_ES&amp;rel=0" /><param name="allowfullscreen" value="true" /><embed width="420" height="345" type="application/x-shockwave-flash" src="http://www.youtube.com/v/OKQcy3Q9lS0?version=3&amp;hl=es_ES&amp;rel=0" allowFullScreen="true" allowscriptaccess="always" allowfullscreen="true" /></object></p>
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		<title>Curso de recuperación de permiso</title>
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		<pubDate>Fri, 16 Mar 2012 16:28:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>sandra</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La pérdida total del crédito de puntos supone la pérdida de la autorización administrativa que habilita para conducir. Además de quiza contar con un seguro de retirada de carnet, es necesario obtener un nuevo permiso o licencia de conducción. Hasta que pueda volver a obtener una nueva autorización para conducir debe transcurrir un periodo de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="aligncenter" src="http://www.elrincondelconductor.com/wp-content/uploads/2008/06/129.jpg" alt="curso de recuperación de permiso" /></p>
<p><strong>La pérdida total del crédito de puntos supone la pérdida de la autorización administrativa que habilita para conducir.</strong> Además de quiza contar con un<a href="http://expertoseguros.com"> seguro </a>de retirada de carnet, es necesario obtener un nuevo permiso o licencia de conducción.</p>
<p>Hasta que pueda volver a obtener una nueva autorización para conducir debe transcurrir un periodo de tiempo de 6 meses, en el caso de conductores no profesionales, y de 3 meses en el caso de conductores profesionales. Transcurrido este periodo de tiempo puede ya obtener una nueva autorización administrativa para conducir.</p>
<p>Para obtener esta nueva autorización son necesarias dos cosas:</p>
<p>En primer lugar, <strong>realizar y superar con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas lectivas en un Centro concertado con la Administración</strong>. Superado el curso, el Centro expedirá una certificación donde se indicará que se ha realizado el mismo con aprovechamiento. Al mismo tiempo, el Centro comunicará telemáticamente esta circunstancia a la Dirección General de Tráfico</p>
<p>En segundo lugar, será preciso <strong>realizar una prueba en la Jefatura de Tráfico cuyo objeto estriba en acreditar que el conductor ha asumido los contenidos de los cursos</strong>. En definitiva, que se ha producido la sensibilización y la reeducación vial que se pretende.</p>
<p>Por esta razón, la prueba no tiene relación alguna con las pruebas de conocimientos exigidas para la obtención de los permisos o licencias de conducción. Y por ello, tampoco se exige la realización de pruebas prácticas de conducción.</p>
<p>En el caso de que el interesado no supere la prueba en primera convocatoria, podrá presentarse nuevamente hasta un máximo de dos ocasiones, debiendo realizar previamente en cada una de ellas,<strong> un ciclo formativo de 4 horas de duración en el Centro donde realizó el Curso.</strong></p>
<p>La pérdida parcial, total o recuperación de los puntos asignados afectará al permiso o<a href="http://segurosretirada.com/"> licencia de conducción</a> cualesquiera que sean las clases que comprendan.</p>
<p>El listado de Centros, su ubicación y los cursos que se realizarán a lo largo del año estarán a disposición del público en la página web www.dgt.es.</p>
<p>En cualquier caso,<strong> los cursos se realizarán en días laborables.</strong> El coste de los cursos correrá a cargo del interesado. El precio de los cursos es fijo para todos los alumnos. En la tarifa del curso están incluidos el material didáctico así como la gestión de la tramitación del curso ante la Jefatura de Tráfico correspondiente.<br />
Sin embargo, no se incluye en aquella, la tasa de examen que deba realizarse, en su caso, y que será abonada por el alumno.</p>
<p>¿Quieres conocer cuál es el <a href="http://www.expertoseguros.com/calcular-seguro-coche.html">seguro más barato</a>? Pues solo tienes que comparar tu y <a href="http://www.expertoseguros.com/calcular-seguro-coche.html">calcular el seguro en el comparador</a> de <a href="http://www.expertoseguros.com/">www.expertoseguros.com</a>.</p>
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		<title>Aspectos esenciales procedimiento sancionador: infracciones</title>
		<link>http://expertoseguros.com/blog/aspectos-esenciales-procedimiento-sancionador-infracciones.html</link>
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		<pubDate>Wed, 20 Oct 2010 05:03:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[INFRACCIONES TIPO INFRACCIÓN PUNTOS SANCIÓN € MUY GRAVES Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro aire espirado) superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y conductores noveles) 6 500 Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro aire espirado) superior a 0,25 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y conductores noveles) 4 Negativa a someterse a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>INFRACCIONES</p>
<table id="tablaInfracciones" border="0" width="100%">
<tbody>
<tr>
<th>TIPO</th>
<th>INFRACCIÓN</th>
<th>PUNTOS</th>
<th>SANCIÓN €</th>
</tr>
<tr>
<td rowspan="11"><strong>MUY GRAVES</strong></td>
<td>Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro  aire espirado) superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y  conductores noveles)</td>
<td>6</td>
<td rowspan="10">500</td>
</tr>
<tr>
<td>Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro  aire espirado) superior a 0,25 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y  conductores noveles)</td>
<td>4</td>
</tr>
<tr>
<td>Negativa a someterse a test de alcoholemia o drogas</td>
<td>6</td>
</tr>
<tr>
<td>Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes</td>
<td>6</td>
</tr>
<tr>
<td>Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales</td>
<td>6</td>
</tr>
<tr>
<td>Exceder en más del 50% de los tiempos de conducción o  minorar en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la  legislación sobre transporte terrestre</td>
<td>6</td>
</tr>
<tr>
<td>Conducir careciendo de la autorización administrativa correspondiente</td>
<td>4</td>
</tr>
<tr>
<td>Circular con un vehículo que carezca de la autorización administrativa correpondiente</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td>Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td>Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad</td>
<td>6</td>
</tr>
<tr>
<td>Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de sistemas de detección de radar</td>
<td>6</td>
<td>6.000</td>
</tr>
<tr>
<td rowspan="15"><strong>GRAVES</strong></td>
<td>No respetar la prioridad de paso, las señales de stop y ceda el paso, y los semáforos en rojo</td>
<td>4</td>
<td rowspan="15">200</td>
</tr>
<tr>
<td>Realizar adelantamientos indebidos o que pongan en peligro o entorpezcan a los ciclistas</td>
<td>4</td>
</tr>
<tr>
<td>Circular marcha atrás en autopista o autovía</td>
<td>4</td>
</tr>
<tr>
<td>No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación</td>
<td>4</td>
</tr>
<tr>
<td>Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación</td>
<td>4</td>
</tr>
<tr>
<td>No respetar la distancia de seguridad</td>
<td>4</td>
</tr>
<tr>
<td>Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas</td>
<td>3</td>
</tr>
<tr>
<td>Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil,  programando el navegador, usando cascos, auriculares y otros  dispositivos que disminuyan la atención.</td>
<td>3</td>
</tr>
<tr>
<td>No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.</td>
<td>3</td>
</tr>
<tr>
<td>Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de  rasante, zonas de estacionamiento reservadas a personas con  discapacidad, túneles, pasos de inferiores, intersecciones o cualquier  otro lugar peligroso</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td>Circular sin el alumbrado reglamentario</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td>Circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas.</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td>Ocupación excesiva del vehículo, que suponga superar en un 50% el número de plazas autorizadas, excluyendo al conductor.</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td>Conducir con una autorización no válida</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td>Circular con un vehículo cuyo permiso de circulación está suspendido</td>
<td>-</td>
</tr>
<tr>
<td rowspan="2"><strong>LEVES</strong></td>
<td>En general todas las que no estén calificadas como graves o muy graves</td>
<td>-</td>
<td rowspan="2">hasta 100€</td>
</tr>
<tr>
<td>En particular, no hacer uso por parte de los usuarios de  bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo  previsto en esta Ley</td>
<td>-</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow: hidden;"><a href="http://www.reformaleydetrafico.es/infracciones.html">aspectos esenciales procedimiento sancionador</a></div>
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		</item>
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		<title>Control de alcoholemia</title>
		<link>http://expertoseguros.com/blog/control-de-alcoholemia.html</link>
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		<pubDate>Fri, 24 Sep 2010 08:29:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Curso de recuperación de puntos]]></category>
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		<description><![CDATA[¿Infracción o delito? Para valorar que un conductor que ha bebido está cometiendo una infracción administrativa o un delito, existen dos criterios. El primero de ellos responde a la medición objetiva de la tasa de alcoholemia; y el segundo, a los síntomas que presenta el conductor de encontrarse bajo la influencia del alcohol, aunque la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://4.bp.blogspot.com/_fgZsJzvmPu8/SWiW4u3bcWI/AAAAAAAACQA/qHANcPGp_H4/s400/etilometro" alt="control de alcoholemia" /></p>
<p><strong>¿Infracción o delito?</strong><br />
Para valorar que un conductor que ha bebido está cometiendo una infracción administrativa o un delito, existen dos criterios. El primero de ellos responde a la medición objetiva de la tasa de alcoholemia; y el segundo, a los síntomas que presenta el conductor de encontrarse bajo la influencia del alcohol, aunque la medición no supere la tasa objetiva para considerarse delito.<br />
✔ DELITO. Se considera delito siempre que la tasa supere 0,60 mg/l, pero también si es menor pero presenta signos evidentes de influencia alcohólica (caminar vacilante, ojos enrojecidos, dificultades en el habla…). Se inmoviliza el coche y se le cita para un juicio<br />
rápido.<br />
✔ INFRACCIÓN GRAVE. Si la tasa oscila entre 0,25 y 0,50 mg/l (profesionales y noveles, 0,15/0,30), multa de 500 euros, y descuento de 4 puntos; entre 0,51 y 0,60 (más de 0,30 profesionales y noveles), multa de 500 euros y resta de 6 puntos. El agente fotografía una rueda desgastada durante el control de alcoholemia. En los controles, lo primero es la seguridad de los usuarios y de los propios agentes.</p>
<p><strong>Así se realiza un control de alcoholemia</strong></p>
<p>Selección aleatoria: En los controles preventivos que se hacen diariamente, se detienen vehículos al azar y se explica al conductor que se le va a someter a una prueba de alcoholemia.<br />
Negativa a soplar: Negarse a la prueba es delito; podría haber un segundo delito si muestra síntomas de alcoholemia. Se le inmoviliza el coche y se le cita a un juicio rápido.<br />
Si acepta la prueba: Si da positivo en el etilómetro de mano, se le hacen dos pruebas más con uno de precisión, dejando un intervalo de 10 minutos. Se toma la medida más baja.<br />
Análisis de sangre: Si da positivo, el conductor puede pedir que se contraste la prueba con un análisis de sangre en un hospital (correrá con los gastos si se confirma el positivo).<br />
Coche inmovilizado: El conductor no podrá continuar conduciendo si ha dado positivo: si algún pariente o amigo no puede hacerse cargo del coche, se inmoviliza con un cepo o se llama a la grúa.<br />
Infracción o delito: Con una tasa de hasta 0,60 mg/l, multa de 500 euros y descuento de 4 ó 6 puntos. Si la supera o muestra síntomas de embriaguez, se instruye un atestado y se le cita a un juicio rápido.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Curso de recuperación de puntos</title>
		<link>http://expertoseguros.com/blog/curso-de-recuperacion-de-puntos.html</link>
		<comments>http://expertoseguros.com/blog/curso-de-recuperacion-de-puntos.html#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 29 Jun 2010 17:22:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>carlos</dc:creator>
				<category><![CDATA[Curso de recuperación de puntos]]></category>

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		<description><![CDATA[El titular de un permiso o licencia de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su recuperación parcial de dos maneras: Realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas lectivas en un Centro concertado con la Administración. Este curso sólo podrá realizarse por una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="aligncenter" src="http://sanmartinseguros.files.wordpress.com/2009/11/permiso_por_puntos.jpg" alt="curso de recuperación de puntos" /></p>
<p>El <strong>titular de un permiso o licencia de conducción</strong> que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su<strong> recuperación parcial</strong> de dos maneras:</p>
<p><strong>Realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas</strong> lectivas en un Centro concertado con la Administración. Este curso sólo podrá realizarse por una vez cada 2 años, con la excepción de los conductores profesionales, que podrán realizar el citado curso con frecuencia anual. El número de puntos que se pueden recuperar con estos cursos será de un máximo de 6. Realizado el curso, el interesado no deberá acudir a ninguna Jefatura Provincial de Tráfico, sino que el Centro le expedirá un certificado acreditativo de su realización con aprovechamiento, y lo comunicará telemáticamente a la Dirección General de Tráfico.</p>
<p>Por el <strong>transcurso del tiempo sin cometer infracciones</strong>. La ley dispone que transcurridos 2 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de doce puntos. No obstante, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.</p>
]]></content:encoded>
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